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En una circular que fue conocida este 29 de mayo y que está firmada por el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y por el superintendente de salud, Giovanny Rubiano, esas entidades le ordenan a los prestadores de servicios que eliminen algunas barreras que impiden que haya una adecuada prestación en unos servicios de salud.
La circular, que fue emitida el 23 de mayo, les recuerda a las clínicas y hospitales, a las entidades responsables del pago y a los proveedores de tecnologías en salud, que es obligatorio la eliminación de la autorización para acceder a servicios y a medicamentos en los siguientes eventos:
- Atención de urgencias.
- Atención integral de cáncer infantil.
- Atención de pacientes con VIH/SIDA.
- Atención de adultos con cáncer.
- En la prestación de servicios o provisión de tecnologías en salud relacionadas con la implementación de las rutas integrales de atención en salud.
- En los eventos en salud priorizados de acuerdo con la caracterización poblacional o el análisis de la situación en salud.
(Lea La EPS del Grupo Bolívar se retira del sistema de salud a partir del 1 de junio)
Las entidades a las que fue enviado el documento, dicen el Minsalud y la Supersalud, “deben prever que las instrucciones dadas en la presente circular, no se conviertan en una barrera para el pago a los prestadores de servicios en salud y proveedores de tecnologías en salud”.
Así mismo, la circular prohíbe que se pongan cargas istrativas a los s “frente a la presentación de órdenes, trámites o renovación de alguna autorización de servicios”.
Además, les solicita a los prestadores de servicios que ajusten sus procesos istrativos para “garantizar la gestión de la autorización cuando se requiera” y que creen canales entre las diferentes entidades involucradas para llevar a cabo esos trámites, sin la participación de .
Quienes no cumplan las instrucciones de la circular, se lee en otro apartado, estarán expuestos a ser sancionados por parte de la Supersalud. También pueden incurrir en responsabilidades disciplinarias, fiscales, penales o civiles.
Para Denis Silva, representante de la organización Pacientes Colombia, que reúne a varias asociaciones de pacientes en el país, se trata de una circular que representa una buena iniciativa, aunque recuerda que esas órdenes aplican, en Colombia, para todas las patologías y no, únicamente, para las que menciona la circular del Minsalud y la Supersalud.
Una de sus principales inquietudes es si, realmente, se cumplirá a cabalidad, pues en el caso de las EPS intervenidas por el gobierno, dice, la situación “se ha vuelto cada vez más caótica para los pacientes”, que, a sus ojos, se han convertido en una especie de mensajeros dentro de las instituciones para lograr una autorización.
Por otra parte, de acuerdo con los datos de la Superintendencia Nacional de Salud, en el último año se presentaron 76.404 reclamaciones a EPS por autorizaciones de servicios de salud a pacientes crónicos y de alto costo. De estas, “26,445 casos correspondieron a pacientes enfermos de cáncer, lo que representa el 34.61% de los reclamos, y 21.896 casos a pacientes con enfermedades cardiovasculares, que equivalen al 28,67% de las quejas por esta causa”.
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