
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La Procuraduría le acaba de pedir a la Corte Constitucional que no tumbe la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro. El alto tribunal estudia una demanda presentada por Paloma Valencia en contra de la iniciativa gubernamental. Este es el segundo concepto que llega al despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez por parte del Ministerio Público, pero es el primero que favorece dejar en firme la reforma.
En contexto: Despiste de Corte Constitucional echó para atrás discusión de la reforma pensional
El documento, además, es el primer concepto que presenta Eljach, quien fue candidato del presidente Gustavo Petro para liderar la Procuraduría tras la salida de Margarita Cabello. Aunque en dos ocasiones Eljach se declaró impedido para emitir un concepto en el caso por haber sido secretario general del Senado cuando la iniciativa marchaba en el Congreso, el alto tribunal consideró que el ahora procurador sí podía participar del proceso y enviar sus consideraciones sobre el expediente. Según el documento que le fue enviado al alto tribunal, la iniciativa debe seguir en firme y no incurrió en vicios de trámite durante su paso por el Congreso, como lo alega Paloma Valencia. Para el Ministerio Público, el proyecto pasó apegado a las normas de trámite.
“El Ministerio Público está consciente de la trascendencia de la decisión que la Corte Constitucional debe tomar en este caso, como quiera que la ley demandada contiene una reforma profunda al sistema pensional vigente y, aunque está previsto que entre a regir el 1 de julio de 2025, ya ha venido teniendo efectos tanto sociales como financieros y ha suscitado expectativas de prestaciones pensionales para millones de colombianos", reza el documento enviado por Eljach.
Según se lee en el concepto, “el Ministerio Público tendrá como norte la defensa de los intereses de la sociedad y la protección de los derechos fundamentales de los colombianos, tal como la Constitución se lo ordena". Adicionalmente, señala que “el trámite legislativo de la reforma pensional no quebrantó los preceptos constitucionales, legales y jurisprudenciales que establecen los requisitos formales para que un proyecto sea ley de la República".
Le recomendamos: La cadena de errores que llevó a ponerle freno a debate sobre la reforma pensional
Para la Procuraduría, puede que se haya presentado alguna irregularidad durante la sesión del 14 de junio de 2024, donde se aprobó la iniciativa, pero que es “constitucionalmente irrelevante como quiera que no bloqueó la posibilidad de que el Congreso de la República expresara válidamente su decisión".
El Espectador reveló el pasado marzo que un despiste de la Sala Plena echó para atrás casi seis meses de trabajo en el proceso, incluyendo el concepto presentado por la Procuraduría en noviembre del año pasado, cuando era liderada por Margarita Cabello Blanco. En la Sala Plena del pasado miércoles 26 de febrero, el alto tribunal determinó que la magistrada Diana Fajardo tendrá que apartarse del caso y no participar de la toma de decisiones relacionadas con el futuro de la reforma pensional. Esto se debe a que la togada presentó un impedimento, porque se benefició de la reforma pensional el año pasado para cambiarse de un fondo de pensiones privado a Colpensiones, el fondo público. El problema es que el impedimento había sido presentado por Fajardo desde septiembre de 2024 y el proceso no podía seguir adelante hasta que no se resolviera. Sin embargo, en medio del ajetreo del caso, nunca se le dio respuesta si podía, o no, continuar participando.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
