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Esta semana, el Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 0572 de 2025, que reduce el umbral para la retención en la fuente y eleva las tarifas de autorretención, especialmente en sectores como minería, transporte, construcción y energía.
El decreto establece que las tarifas de autorretención para algunas actividades pasarán, por ejemplo, del 1 % a 3,5 % o incluso 4,5 %, mientras que se reducirán los umbrales de retención en la fuente para servicios.
Según César Pabón, director de investigaciones económicas de Corficolombiana, “es un tema de liquidez versus solvencia”, ya que aunque se generaría caja a corto plazo, en 2026 podrían presentarse problemas financieros. También señaló que la medida se concentra en el sector minero-energético, que ya enfrenta una alta carga financiera.
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¿Un palo en la rueda de la reactivación económica?
El Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana explicó que el decreto no solo incrementa las tarifas de autorretención, sino que reduce los umbrales para la aplicación de retención en la fuente: de 27 a 10 UVT para compras y de 4 a 2 UVT para servicios.
Esto, advirtió, “afecta el flujo de caja tanto de las personas como de las empresas” y “puede hacer que el mecanismo tenga efectos regresivos, afectando con mayor fuerza a quienes tienen menor capacidad de respuesta frente al sistema”.
Además, se señaló que “esta presión fiscal frenará los flujos de inversión y pagos empresariales, afectando la recuperación económica” y que, al anticipar ingresos futuros, se comprometen recursos que podrían haberse destinado a “obras por impuestos”, con impacto en proyectos sociales como vías, colegios y dotaciones educativas.
Impactos a la industria mineroenergética
La Asociación Colombiana de Minería (ACM) expresó su preocupación por las consecuencias que traerá el decreto, especialmente para sectores como el carbón y la industria del oro.
Juan Camilo Nariño, presidente de la ACM, dijo que “nos sorprende que se adopten medidas de esta magnitud sin un análisis técnico riguroso del contexto actual de las industrias afectadas”, y advirtió que esta decisión “no solo golpea la competitividad del sector minero, sino que amenaza con debilitar el tejido empresarial nacional en un momento económico complejo para el país”.
Según Nariño, el precio internacional del carbón térmico ha caído un 11 % frente a 2024, mientras que los costos operativos como mano de obra, energía y transporte siguen al alza.
También señaló que la creación reciente del impuesto al carbón por medio del Decreto 175 de 2025 ya ha deteriorado los márgenes financieros del sector. En el caso del oro, advirtió que esta medida representa “una nueva barrera para la formalización de pequeños y medianos productores”, afectando la lucha contra la minería ilegal y el desarrollo regional.
En esta línea, Fenalcarbon, a través de su presidente ejecutivo, Carlos Cante, señaló que esta medida “incrementa una vez más las autorretenciones que se practican a los diferentes sectores económicos del país”, lo que afecta “gravemente el comportamiento económico de las empresas”.
Cante resaltó que la industria del carbón ya enfrentó un aumento en 2024 y ahora la tarifa pasará del 2,2 % al 4,5 % desde junio, lo que “atrapará la caja de las empresas para financiar los gastos del Estado”.
¿Una reforma tributaria disfrazada?
Desde la Cámara Colombiana de la Construcción calificaron el decreto como “una reforma tributaria disfrazada” y advirtieron que “obliga a los empresarios a pagar impuestos sobre ingresos que aún no han recibido, afectando caja, empleo y reactivación”.
En un comunicado, indicaron que “en momentos donde se requiere impulsar la inversión y el empleo, este tipo de medidas generan más incertidumbre” y subrayaron que “se necesita un entorno tributario estable, no nuevas cargas que afecten la recuperación económica”.
Por su parte, Colfecar, el gremio del transporte de carga, también se rechazó el decreto, destacando que el aumento del 1,1 % al 3,5 % en autorretención representa un incremento del 218 % en impuestos.
Según el comunicado, esta decisión se adoptó “sin diálogo previo con el sector” y sin mesas técnicas para presentar cifras y argumentos que demuestran la inviabilidad de la medida.
“El transporte de carga atraviesa una coyuntura crítica, con márgenes operativos mínimos y una carga tributaria creciente. Muchas empresas hoy operan al borde del punto de equilibrio o en pérdida”, señaló el gremio, que advirtió que “anticipar impuestos solo acelera un camino hacia la quiebra” y pidió establecer un canal de diálogo técnico inmediato.
Los sectores que sentirán primero el golpe
El decreto impacta directamente a sectores claves de la economía. El agrícola, por ejemplo, que ahora pagará retenciones de 1,5 % si supera los 70 UVT. Las sociedades que compren café pergamino o cereza pagarán 0,5 %. Y las comercializadoras de oro, 2,5 %. Pero es en la autorretención donde el golpe es más profundo.
Actividad económica | Tarifa |
---|---|
Cultivo de cereales, legumbres, semillas oleaginosas, arroz, hortalizas, tabaco, plantas textiles, plátano, banano, café, caña de azúcar, palma | 1,20 % |
Cría de ganado bovino y bufalino, ovejas, porcinos, aves de corral y otros animales | 1,20 % |
Explotación mixta (agrícola y pecuaria) | 1,20 % |
Extracción de hulla (carbón de piedra) | 4,50 % |
Extracción de gas natural | 4,50 % |
Extracción de oro | 4,50 % |
Extracción de níquel | 2,40 % |
Extracción de otros minerales metalíferos no ferrosos n | 2,80 % |
Extracción de piedra, arena, arcillas de uso industrial, esmeraldas, piedras preciosas y semipreciosas, halita (sal) | 1,70 % |
Actividades de apoyo a la extracción de petróleo y gas natural | 2,20 % |
Actividades de apoyo a la explotación de minas y canteras | 2,20 % |
Producción de gas | 4,50 % |
Distribución de combustibles gaseosos por tuberías | 4,50 % |
Comercialización de energía eléctrica | 4,50 % |
Captación, tratamiento y distribución de agua | 4,50 % |
Recolección de desechos no peligrosos | 4,50 % |
Construcción de edificios residenciales | 3,50 % |
Construcción de carreteras y vías férreas | 3,50 % |
Transporte férreo de carga, pasajeros, carga por carretera, transporte marítimo y de cabotaje | 3,50 % |
Apartahoteles, alojamiento rural, servicios de estancia por horas | 3,50 % |
Edición de libros, grabación de sonido y edición de música | 3,50 % |
Seguros generales, compra de cartera, capitalización, régimen de ahorro con solidaridad | 3,50 % |
Relaciones exteriores, actividades de defensa | 3,50 % |
Educación: preescolar, primaria, media, técnica y técnica profesional | 3,50 % |
Creación literaria, teatral, audiovisual, artes plásticas | 3,50 % |
Juegos de azar y apuestas | 3,50 % |
Actividades de asociaciones profesionales, religiosas y políticas | 3,50 % |
Peluquerías, tratamientos de belleza, pompas fúnebres y actividades relacionadas | 3,50 % |
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