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Las razones detrás de tutela que radicó Minambiente para impedir minería de oro en la Amazonía

La cartera de Ambiente presentó una tutela para proteger la Amazonía ante la pretensión reiterada de un resguardo indígena de sustraer una zona de reserva forestal y de un humedal de la Guainía.

02 de marzo de 2025 - 04:10 p. m.
La minería  implica nuevos vínculos con otras dinámicas ilegales y de violencia en la región.
La minería implica nuevos vínculos con otras dinámicas ilegales y de violencia en la región.
Foto: Cortesía
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Recientemente, se conoció que el Ministerio de Ambiente radicó una tutela ante la pretensión de un resguardo indígena para sustraer más de 1.000 hectáreas de una reserva forestal para la explotación de oro.

“El Ministerio de Ambiente ha radicado la tutela que pide protección de la Amazonia como sujeto de especial protección constitucional accionando al resguardo indígena de Chorrobocón, que presuntamente se extralimitó en sus funciones de autoridad ambiental indígena, al emitir acto de sustracción de reserva de ley segunda para minería de oro en el río Guainía, competencia legal exclusiva del ministerio, quien ya había negado dicha sustracción”, explicó la saliente ministra de Ambiente, Susana Muhamad.

Con “sustracción”, vale la pena señalar, se hace alusión al proceso legal mediante el cual se excluye temporal o permanentemente una porción de un área protegida.

Como lo indica la ministra Muhamad, a principios de febrero la cartera de Ambiente negó la solicitud del Resguardo Indígena Remanso Chorrobocón de “la sustracción de 1.043 hectáreas de la Reserva Forestal de la Amazonia para el desarrollo del proyecto minero bloque 3, explotación de oro y sus concentrados en Inírida – Guainía", la cual realizada el pasado 21 de junio de 2023.

Con esto último queda en el aire la pregunta, por qué si el Ministerio de Ambiente negó la solicitud hace semanas, ahora recurre a una tutela para impedir esta sustracción de la reserva natural en la Amazonía.

Según le contaron fuentes del Minambiente a El Espectador, la tutela responde a una discusión jurídica entre el ministerio y el resguardo indígena que sigue insistiendo en la pretensión de sustracción de esta área protegida, después de la negativa del Gobierno Nacional.

En ese sentido, luego de que el ministerio negó la sustracción, el resguardo generó un documento, que denominó como resolución del resguardo, en el que busca de nuevo sustraer el área de la reserva y de un humedal Estrella Fluvial Inírida, que es un sitio Ramsar (es decir, que es una zona protegida por un tratado internacional que busca la conservación de estos ecosistemas).

Además de esto, el resguardo también impuso un recurso contra la resolución con la que el Ministerio de Ambiente negó la solicitud de sustracción. Este recurso de impugnación aún no ha sido resuelto por parte del sistema judicial.

Por esta razón, el Ministerio de Ambiente busca asegurar que la protección de la Amazonía, y no esperar a la resolución del recurso de reposición que interpuso el resguardo. El argumento de la tutela es cobijar las zonas protegidas frente al riesgo de la sustracción para los derechos fundamentales a la vida y un ambiente sano.

El decreto que originó la controversia

La pretensión del resguardo indígena fue fundamentada en el contexto del Decreto 1275 que el mismo Ministerio de Ambiente expidió a mediados de octubre pasado, y cuyo objetivo es otorgar competencias de autoridades ambientales a los territorios indígenas, algo que en su momento fue una decisión que no fue bien vista por las Corporaciones Autónomas Regionales.

En ese sentido, la cartera de Ambiente insiste en que el “decreto 1275 no faculta a los resguardos para adelantar sustracciones, y decisiones de este tipo van en contra de su espíritu y alcance”. La entidad agregó que revisa “las medidas de control judicial sobre las actividades que se pueden estar realizando en esta área de interés nacional y las decisiones tomadas por el resguardo”.

Respecto a ese decreto 1275, ha habido una amplia discusión. Como explicamos en esta nota, mientras las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) lo rechazan, argumentando que podría generar conflictos de competencia y problemas jurídicos, el Ministerio de Ambiente, organizaciones indígenas y ONG lo ven como un avance en la protección de los derechos de los pueblos indígenas, saldando una deuda pendiente de más de 30 años.

El origen de este debate se remonta a la Constitución de 1991, que reconoció a los territorios indígenas como entidades territoriales. Sin embargo, la falta de una ley que permitiera su operatividad había impedido su existencia formal.

La minería ilegal de oro en la Amazonía

Como contamos en el reportaje ‘Las rutas del oro sucio de la Amazonia’ de El Espectador', en Colombia, el 80% del oro exportado es de origen ilegal. Una parte de ese mineral proviene de áreas protegidas de la Amazonia, muy cerca de las fronteras con Venezuela y Brasil.

La extracción ilegal de oro se extiende a nuevos enclaves y ríos de la Amazonía colombiana. Esta situación evidente en el departamento de Guainía. Pese a que gran parte de este territorio está dedicado a la conservación, las dragas se multiplican de forma alarmante.

Entre 2015 y 2023 se extrajeron, al menos, 1.565 kilogramos de oro en Guainía. Naciones Unidas estima que cerca del 95 % es de origen ilegal. Un factor agravante a esta situación es que el oro ilegal en Colombia termina financiado a organizaciones armadas ilegales.

Lo invitamos a leer acá el reportaje completo.

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